
Per Margalida Capellà
A muchos ha sorprendido la noticia de que la Audiencia Nacional española haya admitido a trámite una querella criminal contra siete israelíes por crímenes de guerra en la Franja de Gaza durante una operación de “asesinato selectivo” que causó la muerte de catorce civiles, además de la del presunto terrorista. Sin embargo, la noticia más normal sería que fuera un tribunal israelí quien juzgara a estos israelíes y no un tribunal español, a falta de tribunales palestinos con jurisdicción penal sobre estos hechos, pero esta inactividad de la justicia israelí no transciende demasiado a la opinión pública.
Parece como si el juez español hubiera tramitado la querella por capricho o incluso por motivos políticos, como cabe deducir de las declaraciones de las autoridades políticas y militares de Israel, y la realidad no es así.
Es fundamental entender el porqué de la querella y también el sentido de la jurisdicción universal para contrarestar una batalla mediática que podría llegar a influir en el ámbito político y diplomático hasta llevar a la eliminación del mecanismo de la jurisdicción universal del ordenamiento jurídico español, así como ha sucedido ya en otros países como Bélgica o Alemania.